Tengo el honor de dirigirme a la población guatemalteca y a los usuarios de los servicios de la Dirección General de Control de Armas y Municiones (DIGECAM). En nuestra búsqueda constante de excelencia, estamos comprometidos con la transparencia, modernización y agilización de todos nuestros procesos. Utilizamos tecnologías de vanguardia para optimizar nuestros servicios y garantizar una experiencia eficiente y confiable para todos nuestros usuarios.
Nuestro enfoque en la modernización incluye la implementación de sistemas digitales avanzados que facilitan la gestión de registros y actualizaciones de armas de fuego. Invitamos a todos los ciudadanos a visitar nuestras instalaciones o acceder a nuestros servicios en línea a través del Portal DIGECAM, para realizar sus trámites de manera rápida y segura. Con estas mejoras, buscamos no solo cumplir con nuestras responsabilidades, sino también elevar los estándares de atención al público y fortalecer la confianza de la ciudadanía en nuestras operaciones.
La transparencia es un pilar fundamental de nuestra gestión. En DIGECAM, trabajamos incansablemente para garantizar que todos los procedimientos sean claros y accesibles, permitiendo a los usuarios comprender y participar activamente en el proceso de control y registro de armas. Animamos a nuestros usuarios a comunicar cualquier sugerencia o debilidad que detecten en nuestros servicios, para poder mejorar continuamente y ofrecer soluciones efectivas y oportunas.
Cabe destacar que la Dirección General de Control de Armas y Municiones opera estrictamente dentro del marco legal establecido. Todas nuestras acciones y procedimientos están rigurosamente apegados a la normativa vigente, realizando únicamente lo que la ley nos permite. Este compromiso con la legalidad asegura que nuestros esfuerzos se alineen con los principios de justicia y seguridad establecidos por las autoridades competentes.
El artículo 38 de la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce el derecho de tenencia y portación de armas de fuego a todos los ciudadanos guatemaltecos, otorgando al Congreso de la República la facultad de establecer las condiciones para el ejercicio de este derecho. Mediante el Decreto Legislativo Número 15-2009 del 31 de marzo de 2009, la "Ley de Armas y Municiones" define las funciones y atribuciones de DIGECAM como una entidad del Ministerio de la Defensa Nacional, encargada de normar los controles de las armas y municiones dentro del territorio nacional. En cumplimiento de este mandato constitucional, Guatemala es firmante de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y de la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CIFTA), implementando las medidas legislativas necesarias para erradicar el tráfico ilícito de armas de fuego y municiones.
Reciban un cordial saludo de parte de todo el equipo que conforma la Dirección General de Control de Armas y Municiones (DIGECAM).
Autorizar, registrar y controlar la importación, fabricación, exportación, almacenaje, compraventa, transporte, tenencia y portación de las armas de fuego y municiones que ingresan, circulan y/o egresan del territorio nacional, a través de la autorización de las licencias respectivas, registro físico e inspecciones, para mantener el inventario nacional.
Coadyuvar a la seguridad del estado de Guatemala a través del registro y control de armas y municiones, en base a lo regulado en ley, con la firmeza necesaria para generar confianza en la sociedad.
El Departamento de Control de Armas y Municiones DECAM, se crea por medio del Decreto número 39-89 del Congreso de la República de Guatemala, el 29 de junio de 1989.
La Dirección General de Control de Armas y Municiones DIGECAM, se crea por medio del Decreto Número 15-2009 del congreso de la República de Guatemala, el 29 de abril de 2009.
Dentro de la Ley de Armas y Municiones en el Artículo 22, Capítulo Único, Título II, del mencionado Decreto, se crea la Dirección General de Control de Armas y Municiones como una Dependencia del Ministerio de la Defensa Nacional y en el Artículo 24 se señalan sus funciones.
Desde su creación hasta la fecha ha funcionado en 5 sedes distintas:
Inicia sus actividades en un espacio concedido por el Estado Mayor de la Defensa Nacional, hasta el 30 de mayo de 1991. Le correspondió al entonces Coronel de Infanteria DEM. Y Licenciado HUGO EDMUNDO SING URZUA, ser el fundador del Departamento, y señalar los primeros pasos que debían darse en esta nueva dependencia, habiendo desempeñado el cargo hasta el 31 de diciembre de 1991.
En este año el DECAM ya estaba considerado como una dependencia auxiliar del Ministerio de la Defensa Nacional, por lo que fue necesario su traslado a estas instalaciones, para dar un mejor servicio a los usuarios iniciando sus labores el 01 de agosto de 1991.
El antiguo Hospital Militar, fue la tercera sede del Departamento de Control de Armas y Municiones DECAM, allí inició sus labores el 08 de agosto de 1992. Este traslado se dió porque el departamento crecía considerablemente y las instalaciones que tenía eran demasiado pequeñas, para darle comodidad no solo al personal que allí laboraba, sino que a los usuarios y ademas hacia falta espacio para las armas que eran depositadas en su bodega.
Cuatro años más tarde el 01 de octubre de 1996 se traslado la sede a la 2ª avenida 11-02 de la zona 1, donde empezó a funcionar el 01 de enero de 1997, habiendo sido en esta sede donde el personal de Especialistas de alta en el Ejército es trasladado a las otras unidades Militares y se contrata personal civil para que labore en esta dependencia.
Durante la administración del Coronel de Artillería DEM GABRIEL SIGFRIDO JUÁREZ MUÑOZ, nace la inquietud del traslado hacia otras instalaciones con el objeto de mejorar los servicios a los usuarios e implementar recursos tecnológicos; lo que ha permitido hasta la fecha prestar el servicio al usuario, con mayor eficiencia.